Confirmaron la condena a 15 años de prisión a Alberto Dolinsky por abuso sexual
La Cámara de Apelaciones confirmó la pena a 15 años de prisión para el empresario santafesino, condenado por el abuso sexual de una niña, en un hotel céntrico de la ciudad en 2014.
Un tribunal de segunda instancia confirmó la condena a 15 años de prisión impuesta a Alberto Héctor Dolinsky por haber abusado sexualmente de una niña en un hotel céntrico de la ciudad de Santa Fe.
Según informó el Ministerio Público de la Acusación (MPA), la decisión fue tomada por los camaristas Eduardo Bernacchia, José Mántaras y Carlos Renna. Asimismo, confirmaron que la calificación penal por la que se impuso la pena fue abuso sexual gravemente ultrajante agravado (por ser cometido por dos personas) y promoción a la corrupción de menores agravada (por ser la víctima de 13 años). También ratificaron la decisión del tribunal en cuanto al cumplimiento domiciliario de la condena.
La investigación de los hechos fue realizada por la Unidad Fiscal Especial de Violencia de Género, Familiar y Sexual. La misma fue la encargada de representar al MPA en el juicio oral de primera instancia y en la audiencia de Cámara.
Los hechos
Los ilícitos fueron cometidos el jueves 2 de enero de 2014 en las instalaciones de un hotel céntrico de la ciudad de Santa Fe en el que vive el condenado. De acuerdo con las evidencias recolectadas y al relato de la menor en cámara Gesell, el hombre y una mujer oriunda de Brasil tuvieron relaciones sexuales frente a la menor, en la pileta del hotel. Mientras tanto, la niña fue obligada a tomar whisky.
De acuerdo con lo señalado en las audiencias, minutos después de lo ocurrido en la piscina, el condenado cometió los delitos contra la integridad sexual de la niña en el baño de una de las habitaciones del hotel.
La Fiscalía siempre sostuvo que el condenado formaba parte del círculo más íntimo de confianza del padre de la víctima; había asumido –junto a la mujer extranjera– un deber de cuidado en relación a la niña; aprovechó la vulnerabilidad de la menor; la colocó en un total estado de indefensión y la expuso a un sinnúmero de riesgos físicos y psíquicos.
Rechazos
En la parte resolutiva de la sentencia, y antes de confirmar la pena de primera instancia, Bernacchia, Mántaras y Renna rechazaron todos los cuestionamientos realizados por la Defensa. En tal sentido, rechazaron “el planteo de arbitrariedad de la sentencia por error en la apreciación de la prueba, el planteo de invalidez de las declaraciones recibidas a testigos –con domicilio en la República Federativa de Brasil– por intermedio de la plataforma Zoom, y el planteo en cuanto a la intervención de la traductora en la cámara Gesell realizada en esta investigación”.
Por otra parte, tampoco hicieron lugar al recurso interpuesto por el cual la Fiscalía solicitó revocar el fallo de primera instancia por “error en la calificación penal y en la aplicación de la pena”.