La Defensoría del Pueblo le pidió a ASSA extremar el cumplimiento de los protocolos
Es por el incidente de septiembre en barrio Candioti, en el cual se determinó que el agua no era apta para el consumo humano por su concentración de aluminio.
Los defensores del Pueblo a cargo, Jorge Henn y Gabriel Savino, reclamaron a Aguas Santafesinas, que ante contingencias como la acaecida en el barrio Candioti Sur, de la ciudad capital, extreme el cumplimiento de los protocolos operativos previstos en el plan de Prevención y Emergencias, contemplados en la ley 11.220.
Los vecinos acudieron a la Defensoría para plantear la queja por el incidente ocurrido el 14 de septiembre con la calidad del agua, que presentaba un color turbio, que tenía olor y que no era apta para el consumo humano. Añadieron que no fueron informados debidamente por Aguas Santafesinas y que ante el evento no fueron provistos de suministros alternativos, entre otros puntos.
"Dada la gravedad de lo ocurrido, la empresa debe revisar seriamente sus protocolos de actuación porque fallaron al igual que sus mecanismos de comunicación a los usuarios. Esto no puede reiterarse" enfatizó Jorge Henn.
De la información recolectada por la Defensoría del Pueblo y por el Ente Regulador de Servicios Sanitarios -ENRESS- se constató que la conducta de Aguas Santafesinas no fue acorde ni conteste con las normas vigentes y aplicables al caso.
La larga lista de incumplimientos de ASSA ante ese incidente incluye la no provisión de suministros alternativos para satisfacer higiene y bebida, la no adopción de medidas correctivas de forma gratuita dado que el problema no tenía causa en las instalaciones de los usuarios, la no comunicación de manera inmediata a la población, a través de, al menos, tres medios de comunicación masiva de las anormalidades en la calidad del agua.
ASSA tampoco comunicó al ente regulador el incidente, ni las denuncias recibidas ni las respuestas dadas a los denunciantes, como correspondía.
La resolución de Henn y Savino le pide al ENRESS que tenga celeridad en el proceso sancionatorio en aras de la eficacia e interés general en las respuestas efectivas y oportunas a la ciudadanía.
"En la actualidad no cabe ninguna duda en afirmar que los servicios públicos domiciliarios son servicios esenciales, toda vez que resultan indispensables para que las personas y sus familias alcancen un mínimo de bienestar y salubridad y mantengan un nivel de vida digno. Resulta difícil imaginar nuestras vidas cotidianas sin poder disponer de servicios tan elementales que nos permiten, entre otras tantas cosas: saciar la sed; preparar, cocinar y conservar los alimentos; mantener la limpieza del hogar y el aseo personal y lavar la ropa" expresa uno de los considerandos.
"Los usuarios de servicios públicos domiciliarios son los más necesitados de protección, pues estos servicios son prestados por empresas del Estado o concesionarios o por grandes empresas privadas que tienen un monopolio legal o de hecho y prestan servicios, muchos de ellos esenciales para la vida diaria", añade más adelante.