Condenan a diez marcas de autos por aumentos exorbitantes en planes de ahorro
La Justicia pampeana condenó a diez marcas de autos por aumentar de manera exponencial las cuotas de los planes de ahorro. Aseguran que los ajustes superaron en un 400% el índice de inflación.
El fallo favorece a los 1.200 ahorristas que presentaron una demanda colectiva ante el juzgado Civil de Adriana Pascual, según informó el sitio motor1.com. La jueza condenó a las automotrices por los “aumentos excesivos de las cuotas”, que estuvieron “por encima del índice de inflación, del coeficiente de variación salarial y del valor del dólar oficial”.
Consideró que las empresas no brindaron "ninguna explicación acerca del motivo de las subas y tampoco pudo determinarse cómo se arribó al cálculo de las cuotas, ya que los aumentos fueron decididos unilateralmente por los fabricantes y comunicados a los suscriptores en sus cupones de pago”, según expresó la magistrada.
Las marcas de autos afectadas por el fallo son las siguientes: Chevrolet (Chevrolet S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Volkswagen (Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Fiat (FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Jeep (FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Ford (Plan Óvalo S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Renault (Plan Rombo S.A. de Ahorro para Fines Determinados), Peugeot (Círculo de Inversores SAU de Ahorro para Fines Determinados), Citroën (Círculo de Inversores SAU de Ahorro para Fines Determinados), Chery (Interplan S.A. de Ahorro para Fines Determinados) y Toyota (Toyota Plan Argentina S.A. de Ahorro para Fines Determinados).
La jueza Pascual estableció que, al actualizarse el monto de las cuotas por la inflación, en el caso de que surja una deuda de los ahorristas, “tendrán la opción de cancelarla en un solo pago o en cuotas mensuales, sin un límite máximo de cuotas y sin que se afecte más del 25 por ciento de sus ingresos mensuales".
En cambio, si hubiera una diferencia a favor de los ahorristas, ese monto "será imputado a cuenta de futuras cuotas pendientes de pago".
En los casos en que no se registren deudas, "las empresas deberán restituir el dinero cobrado en exceso en un plazo de 20 días hábiles desde la notificación de la reliquidación”.