Inéditas medidas contra un preso narco, señalado por las amenazas a Pullaro
Por pedido de la Fiscalía y con el aval de Patricia Bullrich, la Justicia impuso novedosas restricciones contra Francisco Riquelme, acusado como instigador desde la cárcel del ataque a la comisaría 19° y a quien se le atribuyen las intimidaciones al gobernador y su familia.
La Justicia aplicó este martes restricciones inéditas para el cumplimiento de la prisión preventiva de un narco de alto perfil, imputado por el ataque contra la comisaría 19° y contra un domicilio, como así también señalado como instigador de las amenazas contra el gobernador Maximiliano Pullaro y su familia.
Se trata de Francisco Riquelme, narcotraficante ligado a Esteban Alvarado que se encuentra preso acusado por el intento de homicidio de Mariana Ortigala y que es sospechado también de haber ordenado desde la cárcel numerosas balaceras contra escuelas, comisarías, personas y el Servicio Penitenciario (Order).
Estas medidas novedosas fueron solicitadas por la Fiscalía y cuentan con el aval de la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, que instruyó al subsecretario de Asuntos Penitenciarios, Julián Curi, para lograr un mayor aislamiento de los presos de alto perfil.
Las restricciones a las que dio lugar la jueza de Primera Instancia Hebe Marcogliese, de la Sala 1 del Centro de Justicia Penal, apuntan principalmente contra las visitas que reciben estos presos en las cárceles y la capacidad de comunicación telefónica que desde allí tienen.
Los crímenes
En la audiencia imputativa celebrada este martes, el fiscal Francisco Carbone atribuyó a Riquelme los delitos de “Intimidación pública agravada por el uso de arma de fuego, daño agravado y abuso de armas, todos ellos en concurso ideal y en calidad de instigador” y de “Amenazas coactivas calificadas por el uso de arma de fuego en grado de tentativa en concurso ideal con daños y abuso de armas, en calidad de coautor”.
El primero de los hechos por los que fue imputado este martes ocurrió en la medianoche del 15 de diciembre, con la balacera contra una vivienda.
Según recogió la Fiscalía, desde su celda en el Complejo Penitenciario Federal Nº 1 de Ezeiza, Riquelme envió mensajes por Whatsapp a una persona, solicitándole bajo amenaza de muerte que le devuelva una pistola que le habría prestado a su hermano.
Al negarse la víctima, asegurando que desconocía el paradero del arma, ‘Fran’ ordenó y organizó desde la cárcel un ataque a balazos contra la casa de esta persona, que fue llevado adelante en la fecha mencionada por dos personas que se movilizaban en moto.
El segundo de los hechos que se le atribuye, y el más grave, es el de “haber planificado, coordinado y congregado” desde su pabellón en Ezeiza “los medios, elementos y personas necesarias para llevar a cabo y ejecutar” el 27 de diciembre de 2023 “el ataque armado contra la fachada de la Comisaría 19na”, en Bulevar Seguí al 5300.
Según investigó la Fiscalía, el origen de la balacera habría tenido lugar cuando cinco días antes, el 22 de diciembre, se le impidió el ingreso a una visita suya, por lo que Riquelme amenazó a los integrantes del Servicio Penitenciario, anticipándoles que iba a tomar represalias.
“Con su accionar, tanto Francisco R. como las personas de las que se éste se valió para la comisión del hecho, tuvieron la clara finalidad de infundir temor y conmoción pública, lo que se evidencia en la selección de un edificio policial como blanco del ataque, como así también en los medios materiales empleados para la concreción del ilícito”, consideró la Fiscalía.
Además de estos crímenes, en la audiencia el fiscal Carbone también apuntó contra Riquelme como instigador de las recientes amenazas que sufrió el gobernador de la provincia, Maximiliano Pullaro, mediante ataques y notas intimidatorias dirigidas a él y su familia.
Medidas inéditas
En consecuencia, el fiscal Carbone requirió a la jueza Marcogliese la prisión preventiva y diversas restricciones, articuladas en conjunto con el director del Complejo Penitenciario Nro. 2 de Marcos Paz, Gabriel Aquino; el director principal de Seguridad del Servicio Penitenciario Federal, Javier Walter Leviu; y subsecretario de Asuntos Penitenciarios de la Nación, Curi.
Estas medidas implican, principalmente, restricciones de las comunicaciones telefónicas (las cuales en adelante serán sólo hacia las personas autorizadas), visitas con blindex y organización de visitas con antelación, entre otras. Según explicaron desde el MPA, se trata de medidas novedosas que tienen que ver con nuevas restricciones ante nuevos elementos que van surgiendo en modalidades delictivas
Una por una:
1- Modalidad de recepción de visitas: “Que las visitas sean recibidas en los locutorios, un sector de contacto individual que posee un blindex en el medio, donde no hay contacto directo de persona a persona pero sí se pueden ver, y que esto sea implementado tanto con los abogados como con los visitantes del interno”.
2- Frecuencia de visitantes: “Que se permita la visita solo de familiares directos, debidamente acreditado el vínculo y previamente autorizados por el interno y por la autoridad penitenciaria, con una frecuencia semanal de dos horas. En caso de tratarse de visitas residentes fuera de la jurisdicción de la ciudad de alojamiento, se deberá contemplar un lapso mayor de duración de la visita, teniendo en cuenta que el visitante debe desplazarse a otra ciudad. Respecto a las visitas íntimas, que las mismas sean tramitadas por ante el Juzgado con competencia en Marcos Paz o juez de la jurisdicción en que se asienta la Unidad penitenciaria, y que una vez que las mismas hayan sido autorizadas no se frustre su concreción”.
3- Periodicidad en los procedimientos de requisa: “Se sugiere como mínimo dos veces por semana en el sector donde se alojara este interno, ello sin perjuicio de las facultades de propia competencia del Servicio Penitenciario”.
4- Restricción de las comunicaciones telefónicas: “Sistema de líneas blancas. Ya sea que los teléfonos asignados al pabellón donde habita el imputado sean de la empresa Movistar o sistema TPP, ambas son de modalidad bidireccional osea que se pueden emitir y recibir llamados. Se dispone que el interno sólo podrá realizar llamadas a números que el interno autorice, debiendo confeccionar previamente te un listado de líneas telefónicas y de las personas a las que pertenecen, que deberá ser autorizado por la autoridad penitenciaria, no pudiendo el interno realizar llamadas salientes a otras líneas telefónicas ni a personas no autorizadas. Las áreas respectivas corroboran que dicha línea sea asignada a algún familiar registrado”.
5- Frecuencia y lugar de llamadas telefónicas: “Se ubicará el teléfono fijo en un lugar que se encuentra monitoreado por cámaras de seguridad. Se le permitirá realizar llamadas una vez al día en los horarios en que el Servicio Penitenciario habilite respecto del interno, salvo caso de urgencia qué tratarán especialmente”.