Ley de Alquileres: cambios en la extensión y en el cálculo del ajuste
Se realizaron retoques claves y deberá pasar de nuevo por la cámara baja que sólo podrá aceptar las modificaciones o insistir con la sanción original. Ya no puede haber correcciones.
El Senado de la Nación aprobó el proyecto que reforma la Ley de Alquileres e introdujo algunos cambios a la iniciativa sancionada a fines de agosto en la Diputados, por lo que deberá regresar a la Cámara de origen en segunda revisión que, ahora sólo podrá aceptar las modificaciones o insistir con la sanción original.
En el Senado el proyecto fue aprobado por 37 a 29, y contó con el apoyo del Frente de Todos y de los senadores peronistas que integran el bloque de Unidad Federal; en tanto que Juntos por el Cambio votó en contra porque pretendía aprobar el proyecto venido en revisión de Diputados y sancionar hoy mismo la ley.
La iniciativa venida de Diputados establecía contratos de dos años y que las partes deben convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo convenir entre las partes -algo complejo- el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y el índice de salarios (IS), elaborados por el Indec o una combinación de ellos. Además, establece que la actualización de los alquileres se realizaría cada cuatro meses.
Proyecto nuevo
En cambio, el proyecto aprobado por el Senado establece tres años como plazo mínimo legal de locación y agrega que los contratos de locación con destino a vivienda serán estipulados en pesos.
Además, la actualización será por períodos mensuales no inferiores a seis meses. Es decir, de seis meses para arriba, y no cada cuatro como planteaba el texto anterior.
También el Senado modifica el mecanismo de actualización del precio de los alquileres propiciando que se indexen obligatoriamente con el coeficiente Casa Propia, utilizado hoy para los créditos de Casa Propia y Procrear II.
“Los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el INDEC, y la variación del coeficiente de estabilización de referencia, publicado por el BCRA”.