Las automotrices deberán recalcular sus cuotas y devolver lo cobrado de más
En un fallo inédito en Mendoza, la jueza Fabiana Martinelli estableció que en los contratos de planes de ahorro se utilizó errónea y abusivamente el concepto valor móvil, lo que generó un desajuste de 14% en las cuotas desde el origen de las contrataciones, y estableció que desde agosto de 2018 la variación de los montos a pagar debió obedecer al IPC general (Índice de Precios al Consumidor).
Un fallo judicial contra los planes de ahorro puso en alerta a las automotrices de Argentina. Según resolvió la jueza Fabiana Martinelli de la provincia de Mendoza las automotrices deberán devolver el dinero que cobraron por aumentos excesivos en las cuotas. La magistrada les dio un plazo de 20 días para que realicen los reintegros.
La jueza Martineli, integrante del Ge.Ju.As. (Gestión Judicial Asociada) en lo Civil N° 1, resolvió declarar abusiva la definición o concepto de valor móvil, por ende establecer una disminución del 14% en el valor móvil fijado por las automotrices desde el inicio de cada plan hasta agosto de 2018 (fecha en la que la misma magistrada estableció una medida cautelar por el valor de las cuotas) y que a partir de ese mes, el valor de la cuota se actualice en base a la medición de Índice de Precios al Consumidor que establece todos los meses el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).
En definitiva, en primer lugar la jueza estableció que, hasta el momento en el que ella misma establece una medida cautelar, existió un desfasaje de 14% (porcentaje que se estableció a través de las pericias contables) entre el valor de adquisición por la concesionaria del vehículo y el valor que debían pagar los ahorristas.
Algunas de las demandadas son VolksWagen, Toyota, Plan Rombo, Círculo, Chevrolet, Plan Óvalo. Tendrán 20 días hábiles, a partir de esta sentencia, para realizar el recalculo de cada uno de los planes que integran el colectivo, en base a los criterios que estableció la magistrada. imputando como pago a cuenta, los montos mensuales abonados por los ahorristas hasta la fecha de la presente o de la integración total del valor si fuera anterior respecto, de los planes finalizados.
Además, en lo que respecta a los planes que continúan operativos, la notificación deberá contener, en caso de existir saldo a favor de las administradoras, la mención al ahorrista de su facultad de optar por pagar el remanente a plazo, la que deberá ser notificada en forma fehaciente a la administradora en el plazo de 2 días hábiles de recibida la notificación. En los casos de planes operativos en los cuales resulte saldo a favor del ahorrista, dicho monto se imputará a las cuotas pendientes de pago empezando desde la última hacia atrás conforme lo establece las solicitudes para caso análogos.
Más allá de las particularidades del fallo, que se puede leer completo en la página del Poder Judicial de Mendoza y que segurmanete apelarán las automotrices, la noticia puso en alerta a las empresas de Argentina que comercializan autos por medio de este sistema, porque sienta un precedente para que se sumen más demandantes y se publiquen fallos similares en todo el país.