Una condena por contaminacion que sienta un importante precedente
Se trata de cinco firmas que volcaron efluentes tóxicos sin autorización sobre el cauce que separa a Rosario de Villa Gobernador Gálvez, generando un importante daño ambiental en el agua y en una reserva ecológica lindera. La fiscal resaltó que se dio lugar por primera vez a una demanda no iniciada en el fuero penal. También destacó el trabajo conjunto entre actores públicos y civiles.
El Saladillo es un afluente del río Parana que divide al sur de Rosario con Villa Gobernador Gálvez. En la extensión lindera a sendas urbes, el Saladillo pasa por debajo de las rutas 18 y 9, además de las autopistas Illia y 25 de Mayo.
Estas dos últimas son en rigor una misma cinta asfáltica que cambia de nombre al girar en forma de “L” para seguir camino en paralelo al Paraná. En la panza formada entre las avenidas y el Saladillo, se asienta la reserva natural de Villa Gobernador Gálvez: un enclave de 99 hectáreas (más otras 34 del lado de Rosario) considerado como área protegida por el gobierno provincial.
Sin embargo un fallo reciente de la Justicia santafesina puso el ojo en la sistemática contaminación que, al menos desde 2008, realizaron diferentes empresas del parque industrial ubicado al otro lado de la avenida 25 de Mayo.
“El río Saladillo suele ser llamado arroyo, pero en realidad pertenece a la categoría de río, con todas sus características fluviales importantes, que incluye una superficie en su cuenca, de aproximadamente 3.205 kilómetros cuadrados.” (Fuente: https://riosdelplaneta.com/)
Se trata de una denuncia iniciada por un particular y que fue tramitada por la fiscal María Laura Martínez de la Justicia Extrapenal rosarina, dependiente de la Procuración de la Corte Suprema santafesina. También gracias al aporte del colectivo Amigxs de la Reserva Natural VGG.
En el fallo dado a conocer esta semana, la jueza Verónica Gotlieb dio lugar al planteo de la fiscal Martínez de aplicar una “acción preventiva de evitación y mitigación de daño ambiental colectivo” contra las firmas involucradas, además de una “acción de recomposición ambiental por el daño causado" en el área natural protegida.
En suma, se condenó a estas empresas a “adecuar sus procesos de gestión de efluentes a la legislación vigente” así como a la “recomposición del medio ambiente dañado”.
También se intimó al Ministerio de Ambiente provincial a diseñar un plan de saneamiento en un plazo máximo de 180 días. Tanto a esta cartera como al Municipio de VGG se los exhortó asimismo a “la tutela inmediata y efectiva” de la reserva natural y del arroyo Saladillo.
Quiénes y cómo contaminaron
El fallo de la doctora Gotlieb puntualiza en que la contaminación realizada por las empresas "afectó a los microbienes agua, suelo, flora y fauna” de la reserva natural y del Saladillo.
Destaca que ninguna de las empresas demandadas contaba con certificado de aptitud ambiental emitido por el gobierno provincial y que tres de ellas no declararon siquiera la manipulación de residuos peligrosos.
Se trata de las firmas Euro SA, Subproductos Ganaderos Rosario SA, Total Química SA, Shorton SRL y Reciclados SRL.
Por una investigación que duró más de dos años y tras analizar los informes técnicos del Ministerio Público de la Acusación (MPA), de la Municipalidad local y de la Asociación Amigxs de la Reserva, la letrada concluyó que las actividades que desarrollaron dichas firmas “condicen con los agentes químicos encontrados en los análisis de laboratorio”.
También puntualizó en los “altísimos niveles” de contaminación del río.
“La colecta probatoria confirma que todas las (empresas) demandadas vierten efluentes de sus procesos industriales con contenidos que superan los límites previstos para el vuelco en cuestión”, resumió al fin Gotlieb.
Espuma blanca y olores nauseabundos
En un repaso de los hechos que desencadenaron la denuncia por contaminación ambiental, Gotlieb recuerda que las demandas "se iniciaron ante denuncias por espuma blanca y olores nauseabundos que afectarían al arroyo Saladillo y zona de influencia".
En concreto, “las denuncias apuntaban al vertido de efluentes a un zanjón que recorre la reserva natural y desemboca en el arroyo Saladillo, contaminando dicho curso de agua y el área de la reserva ecológica aledaña”.
Así y tras analizar la prueba documentadas Gotlieb encuentra probado, “en primer término, el vertido de fluidos al arroyo a través de un canal artificial con presencia de la espuma blanca denunciada, tanto en el curso del canal como en la desembocadura en el arroyo”.
"Estos fluidos provienen de aliviadores que desembocan en el canal y se originan en el cordón industrial de Villa Gobernador Gálvez”, concluye.
También resalta sobre “la presencia de agua de color blanquecino con olor fuerte que, si bien esporádico hasta el año 2020, durante la pandemia se tornó habitual, con mucha espuma”.
Al hablar sobre el nivel de contaminación del agua, la jueza Gotlieb destaca “elevada turbiedad, niveles de Oxígeno Disuelto incompatibles con el desarrollo de la vida acuática, elevados valores de DBO y DQ (compatibles con la presencia de materia orgánica), elevados niveles de fósforo y nitrógeno y grandes cantidades debacterias coliformes totales y fecales (indicador de contaminación fecal)”.
Además se detectó presencia de sustancias peligrosas como Xilenos y Toluenos “aunque estos últimos por debajo de los límites establecidos en la legislación vigente”.
“No quedan dudas respecto al daño ambiental colectivo denunciado, habiendo quedado probada la contaminación que afecta al zanjón que atraviesa la reserva ecológica, como así también al arroyo Saladillo y área de influencia”, cierra Gotlieb.
Un fallo que abre puertas
En diálogo con Santa Fe Plus, la fiscal María Laura Martínez resaltó el “esfuerzo institucional cruzado y serio” entre las instituciones civiles y poderes del Estado que aportaron a la reciente condena.
Valoró el trabajo realizado por la ONG Amigxs de la Reserva Natural y destacó los resultados a los que pueden arribarse “si se trabaja bien por parte de las autoridades de aplicacion locales y provinciales”.
Señaló asimismo que el aval brindado por la jueza Verónica Gotlieb significó un avance importante para que las causas ambientales puedan ser impulsadas por cualquier Fiscalía, sin necesidad de ser una jurisdicción penal.
“Lo novedoso es que fue una actuación interpuesta por una fiscalía no penal (la Fiscalía Extrapenal de Rosario), un hecho que resulta trascendente tanto a nivel provincial como nacional”.
“Conseguimos que una jueza reconozca nuestra legitimación para impulsar este tipo de demandas. Para ello hicimos una buena fundamentación asentada en tratados internacionales y a partir de una interpretación de la ley general del ambiente”, celebró Martínez.
“Ahora tenemos legitimación para iniciar este tipo de demandas, algo que quedaba librado a interpretación por no estar expresamente establecido por ley”, cerró.