Medicamentos de Pami: cuáles son los requisitos y cómo es el trámite
Los jubilados y pensionados que cobren en diciembre menos de $389,398.14, podrán para seguir recibiendo, como hasta ahora, los medicamentos gratuitos de PAMI tendrán que hacer el trámite con el DNI, la receta emitida por médica/o de cabecera o especialista con el diagnóstico que da origen a la prestación y una declaración jurada.
La gestión puede realizarse vía web, desde el celular, tablet o computadora. También se puede realizar desde una agencia de PAMI previo turno online.
PAMI cuenta con cobertura al 100% para aquellos afiliados que no pueden pagar sus medicamentos ambulatorios para el tratamiento de enfermedades crónicas y agudas. A partir de las modificaciones vigentes queda ahora limitado a casi 3 millones de Jubilados y Pensionados que perciben hasta el tope dispuesto por la obra social de pasivos.
La receta deberá contener en forma detallada o con codificación de la CIE-10 (Clasificación Internacional de Enfermedades, décima versión) los medicamentos prescriptos. Y en caso de necesitar más de cuatro medicamentos por Subsidio Social deberá presentar el formulario con el detalle de lo recetado.
El subsidio por razones sociales está destinado a afiliados que, por razones de vulnerabilidad social, no pueden pagar sus medicamentos ambulatorios con descuento.
Los beneficiarios que no realicen el trámite deberán pagar los medicamentos con 40%, 50% y 80% de descuento, como indica el listado oficial vigente.
Los requisitos para gestionar la entrega de medicamentos en forma gratuita son:
- Los ingresos deberán ser menores a 1,5 haberes previsionales (o hasta 3 haberes si se convive con alguien con Certificado Único de Discapacidad - CUD).
- No estar afiliado a una prepaga.
- No tener más de un inmueble, un vehículo de menos de 10 años, ni ser dueño de bienes de lujo.
- No ser titular de activos societarios que indiquen capacidad económica plena.
Vía excepcional
Desde el PAMI aclararon que “de no cumplir con los puntos 1) y 2) y, siendo el costo en bolsillo de los medicamentos indicados para su tratamiento igual o mayor al 15% de sus ingresos, podrá solicitar la cobertura al 100% en medicamentos por razones sociales a través de un mecanismo de vía de excepción en el que se requerirá y evaluará:
Informe social (Disposición 7339/GPSyC/13) y la escala de vulnerabilidad Socio-sanitaria (Disposición 306/GPSyC/05); y revalidación médica.
En tanto, "no se encontrarán alcanzados por estas restricciones los Afiliados Veteranos de Guerra del Atlántico Sur".