Cómo sigue el proceso judicial por violación de "Niño de Cobre"
El artista es investigado como autor de "delitos contra la integridad sexual de la mujer que era su pareja". Fue detenido hace una semana y luego se le ordenaron medidas alternativas a la prisión. Los detalles del proceso legal y próximos pasos a seguir en palabras de Jaqueline Bussi, abogada querellante de la sobreviviente.
Se enfrenta a su segunda causa por violencia de género el reconocido muralista "Niño de Cobre" (iniciales A.I.P.). En esta ocasión, la denuncia fue radicada en junio de 2023 y esta semana se estableció que el artista aguarde el juicio en libertad, aunque con normas de conducta.
“Todavía no está finalizada la investigación, pero la acusación va a ser formalizada prontamente porque hemos reunido elementos suficientes”, afirmó Jaquelina Bussi, abogada querellante de la causa, en declaraciones a Santa Fe Plus.
El imputado es reconocido por sus obras en grafiti alrededor del mundo y por su último mural de 75 metros de alto por 40 en el edificio CAM de Alem y Alvear, con la imagen del 10'.
Según lo informado por la fiscal en la audiencia, se le atribuye la "autoría del delito de abuso sexual con acceso carnal". Detalló que "el imputado y la víctima mantenían una relación de pareja de aproximadamente nueve meses, marcada por la abusividad, desigualdad y violencia".
La sobreviviente se contacta con el equipo interdisciplinario de Lazos en búsqueda de apoyo y representación legal. La fiscalía adelantó que apelará la decisión del juez de que A.I.P. esté en libertad, vía que desde la querella se encuentran evaluando y la acusación que “es el paso siguiente”, remarcó la abogada.
La segunda causa
A Niño de Cobre se lo acusa de ejercer violencia física, psicológica y sexual. Es investigado como autor de “delitos contra la integridad sexual en perjuicio de la mujer que era su pareja”. Los hechos datan de fines de 2022 y la denunciante pudo realizar acciones legales este año, proceso que atraviesa acompañada de espacios feministas.
La investigación es encabezada por la Fiscalía representada por Luciana Escobar Cello y Alejandra del Río Ayala, de la Unidad Fiscal Especial de Violencias de Género, Familiar y Sexual (Gefas). La denunciante se constituyó como querellante y es representada por las profesionales Jaquelina Bussi y Paula Condrac, también forma parte del equipo María de los Ángeles País, trabajadora social. Por otro lado, la defensa estuvo a cargo de Ignacio Alfonso Garrone.
En la audiencia se destacó que A.I.P. ejercía control sobre su pareja, regulando sus comunicaciones con familiares y amigos, incluso supervisando el uso del teléfono celular. "Controlaba su vestimenta, sus publicaciones en redes sociales y su comportamiento en reuniones sociales", señaló Cello durante la audiencia.
La fiscal subrayó también que "el imputado obligaba a la víctima a adoptar ciertas conductas sexuales en contra de su voluntad". En este contexto, explicó que "en el acto ilícito que investigamos, la víctima se negó a tener relaciones sexuales y él la forzó violentamente".
En libertad
A.I.P. fue detenido el sábado 18 de noviembre a las 19. El lunes siguiente se realizó la audiencia imputativa donde se interpeló y cuestionó la legalidad de la detención por parte de la defensa, aunque el juez Pablo Osvaldo Busaniche, imputó al muralista y determinó que su detención era justificada. El artista pasó la noche en prisión hasta la audiencia de medidas cautelares.
El martes habló la sobreviviente: “Se llama testimonio de impacto y lo pudo hacer, no en presencia del imputado, pero logró hacerlo estando acompañada en todo momento por la Trabajadora Social País”, explicó la abogada.
Se estableció en Tribunales Provinciales que Niño de Cobre aguardará el juicio en libertad, pero con medidas alternativas. El juez ordenó la entrega de los dos pasaportes (italiano y argentino) la comparecencia cada 15 días a la Fiscalía; prohibición absoluta de salir del país; una importante suma de dinero; y la prohibición de contacto por ningún medio, no solamente físico sino extensivo a cualquier modalidad del respecto a la denunciante, y también a testigos.
A pesar de las solicitudes de la querella y la fiscalía para la prisión preventiva, este punto generó debate en la audiencia que se prolongó por unas cinco horas. La abogada explicó que el inciso 1 del artículo 220 del Código Procesal Penal de Santa Fe, que establece las condiciones para la prisión preventiva, fue el foco de discusión.
El inciso establece la necesidad de "elementos suficientes que indiquen la probable autoría o participación punible en el hecho investigado". El juez Busaniche entendió que este inciso estaba acreditado, contradiciendo los argumentos de la defensa que buscaban negar la ocurrencia del hecho y atacar a la víctima, según destacó Bussi.
Por otro lado, el inciso 3 del mismo artículo menciona casos en los que "se presuma peligro de fuga o de entorpecimiento de la investigación". Para el juez, este peligro estaba minimizado, por lo que optó por medidas alternativas en lugar de la prisión preventiva.
La fiscal a cargo de la investigación adelantó que apelará esta decisión, mientras que desde la querella se encuentran evaluando la misma vía y trabajando en la acusación, que es el siguiente paso, según subrayó la abogada.